QUIEN ES EL REPRESENTANTES DE LAS APMAEs ANTE EL DISTRITO EDUCATIVO
Para la elección del representante de las APAMEs, el o la directora(a) del Distrito Educativo correspondiente convocara a los presidentes de las APMAEs, para que elijan entre ellos su representante ante la Junta Distrital y su duración será de 4 años.
QUIENES INTEGRAN LA JUNTA DE CENTRO EN LAS ESCUELAS PUBLICAS
Estarán integradas de la manera siguiente:
a) El director del centro educativo, quien la presidirá.
b) Dos representantes elegidos por los profesores del Centro Educativo, en asamblea del centro.
c) Dos representantes de la APMAE, elegidos en asamblea.
d) Un educador elegido por la APMAE.
e) Dos representantes de la sociedad civil organizada (junta de vecinos, clubes, ONG, etc.), elegidos en asamblea de las organizaciones.
f) Un representante de los estudiantes, elegidos democráticamente cada año por el consejo estudiantil y que corresponde al grado más alto del centro educativo.
Los integrantes permanecerán tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos por los órganos a los que representa.
La Junta de Centro Educativo elegirá entre sus miembros UN TESORERO, el cual será un representante de la APMAE y su secretario que será seleccionado del sector magisterial. Estos deben presentar el perfil requerido para los fines a desempeñar.
FUNCIONES DEL TESORERO DE LA JUNTA DE CENTRO EDUCATIVO
a) Organizar las finanzas y las labores contables de la Junta de Centro Educativo.
b) Gestionar la puntual entrega y recibir las partidas presupuestarias asignadas al Centro Educativo por el Ministerio de Educación, así como las asignaciones de otras instituciones públicas y/o privadas y los recursos económicos provenientes de donaciones y contribuciones autorizadas legalmente.
c) Depositar los valores recibidos en la cuenta bancaria que corresponda.
d) Preparar las requisiciones de los recursos económicos necesarios para los gastos e inversiones autorizados por la Junta de Centro Educativo, las cuales deberá firmar el Presidente (director(a) del centro).
e) Firmar conjuntamente con el presidente los cheques expedidos que hayan sido debidamente autorizados por la Junta de Centro Educativo.
f) Presentar un Estado de Cuentas a la Junta de Centro Educativo al final de cada mes, o antes si le es solicitado a través del presidente.
g) Legislar sobre las fuentes de aprovisionamiento de fondos para la Junta de Centro Educativo.
h) Cumplir con cualquier otra función no especificada que sea de su competencia y requerida por la Junta de Centro Educativo.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario